El Ayuntamiento de Guía remite al Consejo Con-sultivo de Canarias la rescisión del contrato para la ejecución del Centro Deportivo Polivalente

La empresa Desarrollo e Iniciativas Canarias S.L. no realizó
los estudios geotécnicos del suelo y pretende que el
Consistorio asuma un sobrecoste de casi 600.000 euros por su
imprevisión sobre la necesidad de unas cimentaciones
especiales
● El Consistorio reclamará, también, los costes de la
demolición de las pistas de tenis y pádel anexas al pabellón
municipal

El Ayuntamiento de Guía ha remitido al Consejo Consultivo de
Canarias la propuesta aprobada por la Junta de Gobierno Local para
la rescisión del contrato a la empresa Desarrollo e Iniciativas Canarias
S.L. para la redacción del proyecto y ejecución de las obras del
Centro Deportivo Polivalente junto al pabellón municipal. El
Consistorio reclamará también a la citada empresa los costes de la
demolición de las pistas de tenis y pádel, obras que fueron ejecutadas
antes del verano pasado sin autorización.
En marzo de 2024, siendo entonces alcalde Pedro Rodríguez,
actualmente concejal de Juntos por Guía en la oposición municipal, el
Ayuntamiento adjudicó la redacción del proyecto y la ejecución de la
obra por importe de 1.946.684,99 euros a la empresa Desarrollo e
Iniciativas Canarias S.L. que entregó, fuera de plazo, un proyecto
técnico que incorpora modificaciones con las que el presupuesto de
ejecución de las obras supera los 2,5 millones de euros, lo que
suponen cerca de 600.000 euros de diferencia.
La empresa adjudicataria pretende que sea el Ayuntamiento quien
asuma este sobrecoste que viene a consecuencia de su falta de
previsión al no haber realizado los estudios geotécnicos que tenían

que haber hecho y con los que hubiesen detectado las dificultades de
cimentación del suelo donde estaba previsto el nuevo edificio.

Cimentaciones especiales
La propuesta que el Ayuntamiento de Guía lleva ante el Consejo
Consultivo de Canarias recoge en su integridad el informe de la
Oficina Técnica Municipal donde se argumenta que “la necesidad de
ejecución de unas cimentaciones especiales profundas no es una
circunstancia sobrevenida e imprevisible ajena a la voluntad del
contratista, sino una imprevisión imputable al contratista en la
estimación correcta de las características de los terrenos y
consiguiente propuesta del sistema de cimentación recogido en el
anteproyecto ofertado”.
En este informe se señala asimismo que la empresa, para la
elaboración de su oferta y habida cuenta de su condición de perito,
debió realizar las oportunas inspecciones de los terrenos de la parcela
y sus alrededores con el objeto de obtener la información necesaria,
suficiente y correcta para poder realizar una estimación, lo más cierta
posible, sobre las condiciones geotécnicas de los terrenos donde se
pretende cimentar la nueva edificación.